¡Moderniza tu edificio y mejora la accesibilidad! Descubre las subvenciones para la instalación de ascensores disponibles en el Plan Regional de Ascensores 2023 en la Comunidad de Madrid.
Introducción
El Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid ha anunciado la apertura de la convocatoria del Plan Regional de Ascensores 2023, mediante la Orden 1764/2023, de 24 de mayo. Este plan tiene como objetivo principal promover la instalación de ascensores en edificios de viviendas en la región, fomentando así la accesibilidad y la mejora de la calidad de vida de los ciudadanos.¿Quiénes pueden beneficiarse de estas ayudas?
Las subvenciones están dirigidas a tres grupos principales:- Comunidades de propietarios y agrupaciones de edificios de viviendas plurifamiliares.
- Propietarios o usufructuarios de viviendas incluidas en edificios de tipología residencial de vivienda colectiva.
- Personas o entidades propietarias de edificios de vivienda residencial colectiva que cumplan los requisitos del artículo 396 del Código Civil.
Tipos de obras subvencionables
Las obras subvencionadas incluyen la instalación de ascensores en edificios de tipología residencial colectiva que actualmente carezcan de ellos. Además, se pueden incluir actuaciones complementarias para lograr la accesibilidad universal, como salvaescaleras, rampas u otros dispositivos de accesibilidad, siempre que estén vinculados a la instalación del ascensor. Sin embargo, las actuaciones aisladas de ejecución de rampas o instalación de plataformas elevadoras no son subvencionables.Baremación de expedientes y cuantía de las ayudas
El proceso de concesión de las subvenciones se llevará a cabo mediante concurrencia competitiva simplificada. El criterio único para ordenar las solicitudes es la fecha de presentación de la documentación completa y correcta al expediente. Es importante asegurarse de presentar la solicitud dentro del plazo establecido, que es desde el 27 de mayo hasta el 28 de agosto de 2023. La ayuda económica será del 80 % del coste subvencionable de la instalación del ascensor, con un límite máximo de 90.000 €.Período de ejecución de las obras
Las obras deben comenzar después del 26 de mayo de 2023, y el plazo máximo para completarlas es de 36 meses a partir de la concesión de la ayuda.Requisitos de los edificios y viviendas
Para ser elegible para estas subvenciones, el edificio debe cumplir con los siguientes requisitos:- Tener una altura igual o superior a tres plantas (planta baja más dos plantas). Excepcionalmente, aquellos edificios con planta baja más una planta podrían ser considerados si hay al menos un residente confinado.
- El 50 % de la superficie construida debe destinarse al uso residencial de vivienda.
- El 50 % de las viviendas deben ser el domicilio habitual de los residentes.
- Contar con el Informe de Evaluación del Edificio (IEE), con fecha anterior a la solicitud de la subvención, presentado en el Ayuntamiento correspondiente.
- Tener el acuerdo de la comunidad de propietarios o encontrarse en alguno de los casos contemplados en el artículo 10 de la Ley 49/1960, de 21 de julio, sobre propiedad horizontal, que establece actuaciones de carácter obligatorio.
- Disponer del Proyecto de Ejecución / Memoria técnica / Certificado de viabilidad.
- Contar con las autorizaciones administrativas correspondientes.
Proceso de presentación de solicitudes
El plazo para presentar las solicitudes es de 3 meses, desde el 27 de mayo hasta el 28 de agosto de 2023. Las solicitudes deben ajustarse al modelo oficial establecido en la Orden 1764/2023, de 24 de mayo. El procedimiento de presentación es telemático, a través de la sede electrónica de la Comunidad de Madrid, utilizando uno de los Certificados Electrónicos reconocidos o cualificados de firma electrónica operativos en la región.Documentación requerida
Junto con la solicitud, se deberá presentar la documentación que se encuentra detallada en el artículo 11 de la Orden de convocatoria. El órgano instructor podrá recabar electrónicamente ciertos documentos, a menos que el interesado se oponga expresamente a ello.Selección de beneficiarios
Una vez finalizado el plazo de solicitudes, se revisarán todas las solicitudes recibidas y se publicará un listado de las mismas en la página web oficial. Posteriormente, se emitirá una Resolución de la Dirección General de Vivienda y Rehabilitación en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM), especificando las solicitudes que requieren subsanación y se otorgará un plazo para corregir las deficiencias. Finalmente, se publicará la lista definitiva de beneficiarios y excluidos en la página web institucional y en el BOCM. Las notificaciones no serán individuales, por lo que se recomienda revisar periódicamente la página web o suscribirse al Servicio de Alertas de la Comunidad de Madrid.Documentación justificativa para recibir el pago
Si la solicitud es aceptada, una vez finalizadas las obras en los plazos establecidos, se deberá presentar la siguiente documentación justificativa para recibir el pago:- Certificado de inicio y finalización de la obra.
- Licencia o autorización municipal.
- Facturas y, en su caso, certificaciones de obra.
- Justificación de inscripción en el Registro de Actividades Económicas (RAE).
- Documentación fotográfica de las obras.
- Memorias de actuación, si hubiera alguna variación respecto a la solicitud inicial.
- Declaración responsable de no contar con otras ayudas que se superpongan.
- Si se oponen a la consulta, los beneficiarios deberán aportar la documentación justificativa de encontrarse al corriente de sus obligaciones con la Seguridad Social y no tener deudas pendientes con la Comunidad de Madrid.
Fiscalidad de las subvenciones
Es importante tener en cuenta que estas subvenciones se consideran como ganancia patrimonial, por lo que están sujetas a tributación en el Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF) y deben ser incluidas en la Declaración de la Renta.Conclusiones
El Plan Regional de Ascensores 2023 es una excelente oportunidad para mejorar la accesibilidad en edificios de viviendas en la Comunidad de Madrid. Las subvenciones a la instalación de ascensores ofrecen una ayuda económica significativa y buscan impulsar la modernización y la inclusión en la región. Si eres propietario o miembro de una comunidad de vecinos interesado en mejorar la accesibilidad de tu edificio, no dudes en presentar la solicitud y aprovechar esta valiosa oportunidad. Recuerda que el plazo para solicitar estas subvenciones es limitado, ¡así que no pierdas tiempo y comienza el proceso cuanto antes!Convocatoria
EXTRACTO de la Orden 1764/2023, de 24 de mayo, de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda, por la que se convocan ayudas en el marco del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid
ORDEN 1764/2023 de la Consejería de Medio Ambiente, Vivienda y Agricultura, por la que se convocan ayudas en el marco del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de Madrid
Bases reguladoras
ORDEN 1694/2023, de 19 de mayo, de corrección de errores de la Orden 1581/2023
ORDEN 1581/2023, de 12 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas del Plan Regional de Ascensores de la Comunidad de MadridYour content goes here. Edit or remove this text inline or in the module Content settings. You can also style every aspect of this content in the module Design settings and even apply custom CSS to this text in the module Advanced settings.
Fuente: Comunidad de Madrid